Divorcio por uno de los cónyuges
El 27 de diciembre de 2024, Colombia adoptó una legislación que permite el divorcio basado únicamente en la decisión de uno de los cónyuges, sin necesidad de demostrar causales específicas. Esta reforma modifica el artículo 154 del Código Civil, añadiendo como décima causal de divorcio "la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges". Luego de esa adopción, se procedió a su sanción por parte del presidente de la República, no lo que ya es posible dar plena aplicación a dicha ley
Procedimiento para solicitar el divorcio unilateral en Colombia
El cónyuge interesado debe presentar una demanda ante un juez de familia, acompañada de una propuesta que incluya medidas relacionadas con las obligaciones alimentarias, la custodia y cuidado de los hijos menores, el régimen de visitas y la liquidación de la sociedad conyugal. El cónyuge demandado puede oponerse al contenido de esta propuesta presentando una alternativa o, en su defecto, presentar una demanda reconvencional si considera que el demandante ha incurrido en alguna de las otras causales de divorcio establecidas en la ley.
Obligaciones alimentarias tras el divorcio
La nueva ley establece que, en caso de que uno de los cónyuges carezca de medios para su subsistencia tras el divorcio, el otro cónyuge deberá proporcionarle alimentos, siempre y cuando el beneficiario no contraiga un nuevo vínculo matrimonial o una unión marital de hecho.
Implicaciones de la nueva legislación
Esta reforma busca simplificar el proceso de divorcio en Colombia, permitiendo que cualquiera de los cónyuges pueda solicitar la disolución del matrimonio sin necesidad de demostrar causales específicas o esperar períodos prolongados de separación. Además, se espera que esta medida contribuya a reducir situaciones de violencia intrafamiliar al facilitar la salida de relaciones conflictivas.
Es importante destacar que, aunque el divorcio por voluntad unilateral no puede ser tramitado inicialmente ante notario, si durante el proceso judicial ambas partes llegan a un acuerdo, el trámite puede continuar y finalizar ante una notaría.

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