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Derechos de las Parejas del Mismo Sexo en Colombia

En Colombia, las parejas del mismo sexo han logrado avances significativos en el reconocimiento de sus derechos legales. Este artículo analiza la evolución de estos derechos, enfocándose en el matrimonio igualitario, la unión marital de hecho y la liquidación de la sociedad conyugal.







Matrimonio Igualitario en Colombia


El matrimonio entre personas del mismo sexo fue reconocido en Colombia a partir de 2016, cuando la Corte Constitucional, mediante la sentencia SU214/16, estableció que la Constitución no excluye la posibilidad de que parejas del mismo sexo contraigan matrimonio. Este fallo permitió que dichas parejas accedieran a los mismos derechos y deberes que las parejas heterosexuales, incluyendo la constitución de una sociedad conyugal. Esta sociedad implica que los bienes adquiridos durante el matrimonio son propiedad conjunta de ambos cónyuges y, en caso de disolución, se aplican las mismas reglas de reparto de bienes que para las parejas heterosexuales.Actualmente, es poco común que ocurran restricciones, ya que, de manera generalizada, las parejas del mismo sexo tienen plenas garantías para hacer valer sus derechos ante las autoridades nacionales. Sin embargo, si enfrenta alguna dificultad en este sentido, puede escribirnos un correo y, con gusto, le ayudaremos a hacer valer su derecho al matrimonio."




Unión Marital de Hecho


Antes del reconocimiento del matrimonio igualitario, las parejas del mismo sexo podían optar por la unión marital de hecho. En 2007, la Corte Constitucional, a través de la sentencia C-075/07, extendió los efectos patrimoniales de la unión marital de hecho a las parejas del mismo sexo, permitiendo que estas constituyeran una sociedad patrimonial similar a la de las parejas heterosexuales. Para formalizar esta unión, es necesario que la pareja conviva de manera permanente y singular por un período no inferior a dos años. Una vez cumplido este tiempo, pueden acudir ante una notaría o centro de conciliación para declarar la existencia de la unión y de la sociedad patrimonial mediante escritura pública o acta de conciliación. Esta formalización es crucial, ya que facilita la prueba de la unión en procesos judiciales o en reclamaciones de derechos en casos de separación o fallecimiento de uno de los compañeros permanentes.


Liquidación de la Sociedad Conyugal

En caso de disolución de la relación, ya sea por separación o fallecimiento, es necesario proceder a la liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial. Este proceso implica la identificación y valoración de los bienes y deudas adquiridos durante la unión para su distribución equitativa entre las partes. Es importante destacar que, según la legislación colombiana, las acciones para reclamar la separación de bienes deben iniciarse dentro del año siguiente a la separación física y definitiva de los compañeros, del matrimonio con terceros o del fallecimiento de uno o ambos compañeros. Cumplir con este plazo es esencial para garantizar la protección de los derechos patrimoniales de las partes involucradas.


Conclusión

La evolución legal en Colombia ha permitido que las parejas del mismo sexo gocen de derechos equivalentes a los de las parejas heterosexuales en términos de matrimonio, unión marital de hecho y manejo patrimonial. Es fundamental que estas parejas formalicen su unión y estén informadas sobre los procedimientos legales pertinentes para asegurar la protección de sus derechos en todas las etapas de su relación.

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