Efectos Legales de las Uniones Maritales de Hecho en Colombia
Introducción
En Colombia, las uniones maritales de hecho se han consolidado como una alternativa al matrimonio tradicional, ofreciendo a las parejas derechos y deberes similares. Este artículo explora los efectos legales de estas uniones, destacando aspectos patrimoniales, reconocimiento jurídico y diferencias con el matrimonio.
Definición de Unión Marital de Hecho
Según la Ley 54 de 1990, una unión marital de hecho se forma cuando un hombre y una mujer, sin estar casados, conviven en una comunidad de vida permanente y singular por un período no inferior a dos años. Esta convivencia genera una presunción de sociedad patrimonial entre los compañeros permanentes.
Reconocimiento Jurídico y Procedimiento
Para obtener el reconocimiento legal de una unión marital de hecho, las parejas pueden optar por:
Escritura Pública ante Notario: Ambos compañeros declaran de mutuo acuerdo la existencia de la unión y la sociedad patrimonial.
Acta de Conciliación en Centro Legalmente Reconocido: Mediante conciliación, se acredita la unión y se formaliza la sociedad patrimonial.
En caso de desacuerdo, es posible acudir a la vía judicial para obtener la declaración correspondiente.
Efectos Patrimoniales
La unión marital de hecho genera una sociedad patrimonial en la cual los bienes adquiridos durante la convivencia pertenecen por igual a ambos compañeros permanentes. Sin embargo, los bienes obtenidos antes de la unión, así como las herencias o donaciones, no forman parte de esta sociedad, aunque los frutos o rentas generados por estos bienes sí se incluyen.
Diferencias con el Matrimonio
Aunque las uniones maritales de hecho y el matrimonio comparten similitudes en cuanto a derechos y deberes, existen diferencias clave:
Formalización: El matrimonio requiere una ceremonia civil o religiosa, mientras que la unión marital de hecho se basa en la convivencia y puede formalizarse posteriormente.
Efectos Patrimoniales: En el matrimonio, los bienes muebles adquiridos antes de la unión se presumen parte de la sociedad conyugal, a menos que se pacte lo contrario. En la unión marital de hecho, estos bienes permanecen como propiedad individual.
Protección Legal y Derechos
Las parejas en unión marital de hecho gozan de protección legal en aspectos como:
Seguridad Social: Derecho a afiliar al compañero permanente al sistema de salud y pensiones.
Herencia: Posibilidad de heredar en ausencia de testamento, bajo ciertas condiciones.
Alimentos: Obligación de brindar apoyo económico en caso de necesidad, similar al deber entre cónyuges.
Conclusión
Las uniones maritales de hecho en Colombia ofrecen un marco legal que protege a las parejas que optan por esta forma de convivencia. Comprender sus efectos legales es esencial para garantizar el pleno ejercicio de los derechos y deberes que de ella se derivan.

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